La relación laboral
¿Cuáles son las 5 características que debe reunir una actividad para
que se le aplique el derecho laboral?
1. Personal
2. Voluntario
3. Retribuido
4. Dependiente
5. Cuenta ajena
Se excluyen del ámbito
regulado por la presente Ley:
a) La relación de
servicio de los funcionarios públicos, que se regulará por el Estatuto de la
Función Pública, así como la del personal al servicio del Estado, las
Corporaciones locales y las Entidades públicas Autónomas, cuando, al amparo de
una Ley, dicha relación se regule por normas administrativas o estatutarias.
b) Las prestaciones
personales obligatorias.
c) La actividad que se
limite, pura y simplemente, al mero desempeño del cargo de consejero o miembro
de los órganos de administración en las empresas que revistan la forma jurídica
de sociedad y siempre que su actividad en la empresa sólo comporte la
realización de cometidos inherentes a tal cargo.
d) Los trabajos
realizados a título de amistad, benevolencia o buena vecindad.
e) Los trabajos familiares,
salvo que se demuestre la condición de asalariados de quienes los llevan a
cabo. Se considerarán familiares, a estos efectos, siempre que convivan con el
empresario, el cónyuge, los descendientes, ascendientes y demás parientes por
consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive y, en su caso, por
adopción.
f) La actividad de las
personas que intervengan en operaciones mercantiles por cuenta de uno o más
empresarios, siempre que queden personalmente obligados a responder del buen
fin de la operación asumiendo el riesgo y ventura de la misma.
g) En general, todo trabajo que se efectúe en desarrollo de relación
distinta de la que define el apartado 1 de este artículo. A tales efectos se
entenderá excluida del ámbito laboral la actividad de las personas prestadoras
del servicio de transporte al amparo de autorizaciones administrativas de las
que sean titulares, realizada, mediante el correspondiente precio, con
vehículos comerciales de servicio público cuya propiedad o poder directo de
disposición ostenten, aun cuando dichos servicios se realicen de forma
continuada para un mismo cargador o comercializador.
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